Sociedad General de Autores,
Compositores y Editores
Dominicanos de Música, Inc.

La Música, los elementos que integran su forma, su estructura, que expresan ritmo y sonido, genera un derecho. Al igual que los articulos comerciales o servicios que usted OFERTA al público, estos servicios no son gratuitos y no pueden ser tomado o utilizados sin autorizacion. La obra musical, genera un derecho que sólo pertenece al autor; similar al derecho de propiedad que tiene usted con los productos de su negocio.

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Preguntas Frecuentes

Es una organizacion privada, de interes publico, sin fines de lucro, creada para velar por los derechos morales y patrimoniales de los autores nacionales y extranjeros, representados y mandantes. única sociedad facultada legalmente a otorgar o negar licencias a quienes utilicen obras musicales, sea para comunicaón y/o ejecucción pública y realizar cobros por este derecho.

La sociedad General de Autores, Compositores y Editores Dominicanos de Música, Inc., entidad autorizada mediante el Decreto del Poder Ejecutivo No. 166-96, de acuerdo al Art. 162 de la Ley 65-00, Sobre Derecho de Autor. única entidad de gestión colectiva del derecho de autor, en la cual se afilian los autores, compositores y editores de música y suscriben sus obras para ser representadas en el momento de ser explotadas y las mismas generen beneficios para ser repartidos entre los asociados.

A la confedereación Internacional de Sociedades de Autores y Compositores (CISAC), que agrupa a 222 sociedades de más de 200 países, entre los que se encuentran: ESTADOS UNIDOS, ESPAÑA, MEXICO, CUBA, VENEZUELA, ARGENTINA, ITALIA, FRANCIA, SUIZA, INGLATERRA, COLOMBIA, PANAMA NICARAGUA, HONDURA, COSTA RICA, ECUADOR, EL SALVADOR, GUATEMALA, CANADA, PERU, BOLIVIA, entre otros. Más de tres millones de autores musicales y unos 20 millones de obras son administrados por las sociedades afiliadas a CISAC.

La música genera un derecho, no un impuesto. La remuneración por el uso de la Música, lo recibe el creador de la obra. Usted paga por que se trata de una obra que tiene dueño.

El uso de la Música sin debida autorización en lugares donde se preste algún servicio comercial, se venda algún producto de la categoría que sea, constituye un delito que es sancionado severamente por la leyes, especialmente por la Ley 65-00 sobre Derecho de Autor. Dentro de las sanciones que se establecen, a través de la vía judicial, penal, civil y administrativa…

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